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Alcalde de Belo Horizonte, Álvaro Damião, veta multa para porte de drogas

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El alcalde de Belo Horizonte, Álvaro Damião (União Brasil), vetó por completo el proyecto de ley que preveía la imposición de sanciones económicas a quienes fueran sorprendidos portando o consumiendo drogas ilícitas en espacios públicos de la capital de Minas Gerais. La decisión se publicó en el Diario Oficial del Municipio (DOM) el pasado sábado (27/6).

El proyecto, propuesto por el concejal Sargento Jalyson (PL), sugería una multa de 1.500 reales brasileños (unos 270 €) para quienes fueran hallados con drogas. La iniciativa contó con el apoyo de 26 concejales, mientras que ocho se manifestaron en contra.

Damião justificó su veto alegando que la Procuraduría General del Municipio consideró el proyecto inconstitucional y en desacuerdo con la legislación federal, que establece “medidas para prevención del uso indebido, atención e reinserción social de usuarios y dependientes de drogas; normas para represión de la producción no autorizada y del tráfico ilícito de estupefacientes; define delitos y da otras providencias”.

El porte de drogas ya está regulado por la Ley Federal n.º 11.343/2006, que instituyó el Sistema Nacional de Políticas Públicas sobre Drogas (Sisnad). Esta norma federal contempla sanciones que incluyen desde advertencias sobre los riesgos para la salud hasta la prestación de servicios comunitarios y la participación obligatoria en programas educativos o de tratamiento, sin recurrir a multas de carácter pecuniario.

El alcalde también consultó a la Defensoría Pública del Estado de Minas Gerais, a la Secretaría Municipal de Salud (SMSA) y a la Secretaría Municipal de Asistencia Social y Derechos Humanos (SMASDH), entidades que emitieron pareceres contrarios al proyecto. En particular, la SMASDH argumentó que el texto invade competencia legislativa exclusiva de la Unión en materia penal y procesal penal, creando una sanción paralela a la ley federal.

La Ley Federal n.º 11.343/2006 se promulgó con el objetivo de unificar las políticas públicas en todo el país relativas a la prevención, atención, tratamiento y reinserción social de usuarios y dependientes de sustancias. Además, tipifica los delitos vinculados al cultivo no autorizado, la producción, el transporte y el tráfico de drogas ilícitas, definiendo las competencias de los órganos federales y estableciendo directrices para abordajes sanitarios y de reducción de daños.

Según el Regimento Interno de la Cámara Municipal de Belo Horizonte, tras la aprobación de un proyecto de ley por el Pleno, el alcalde dispone de un plazo de quince días hábiles para sancionarlo o vetarlo, total o parcialmente. En caso de veto, el texto retorna al Legislativo, donde los concejales pueden anular la decisión con mayoría absoluta de votos.

Belo Horizonte cuenta con 41 concejales, de los cuales 26 respaldaron la propuesta de sancionar con multa a quienes porten o consuman drogas en espacios públicos. Sin embargo, los informes de los órganos consultados subrayaron que la penalización económica podría obstaculizar el enfoque sanitario y de derechos humanos, priorizado por la legislación federal vigente.

El debate en el municipio refleja una tensión frecuente en Brasil: la búsqueda de medidas de orden público frente a la atención a la salud de usuarios de sustancias. Mientras algunos gobiernos locales plantean sanciones más duras, la legislación nacional y los organismos de asistencia social insisten en que la respuesta debe combinar prevención, educación y tratamiento.

Con su veto, Álvaro Damião reafirma la preferencia por alinearse con las directrices federales y proteger la coherencia normativa entre los distintos niveles de gobierno. De este modo, la decisión mantiene vigente el marco legal establecido por el Sisnad y evita la creación de una regulación propia que pudiera entrar en conflicto con la Constitución y las leyes de la Unión.

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